EL CAPITOLIO (CyberNews)- La Cámara de Representantes, aprobó el jueves un proyecto de ley que prohibiría la transmisión en vivo de vistas judiciales celebradas con antelación al juicio.

El lenguaje del Proyecto de la Cámara 1211, de la autoría del representante Gabriel Rodríguez Aguiló, fue modificado para también restringir la publicación, por cualquier medio, de audios e imágenes de las vistas de causa probable para arresto –conocidas como Regla 6– y las vistas preliminares.

El presidente de la Comisión de lo Jurídico, José “Che” Pérez Cordero, recomendó su aprobación bajo el argumento de que la publicidad excesiva de casos criminales recientes ha vulnerado los derechos constitucionales de los imputados sobre la presunción de inocencia y la imparcialidad del proceso penal.

“No podemos crear un derecho constitucional a la libertad de prensa afectando el derecho a un juicio justo, rápido e imparcial, y afectando lo que en muchas ocasiones hablamos en reiteradas circunstancias: la presunción de inocencia que le asiste a cualquier imputado de delito”, señaló Pérez Cordero en el debate de la aprobación de la medida.

Durante el proceso de vistas públicas, las organizaciones de prensa señalaron que el Reglamento del Programa de Cobertura Electrónica y Difusión de Procesos Judiciales (PROCEDI) ya permite a los tribunales autorizar, limitar o suspender la cobertura electrónica según las circunstancias de cada caso.

Asimismo, expresaron preocupación por el alcance de la expresión “por cualquier medio” y por la posibilidad de que la prohibición repercuta sobre publicaciones escritas y otras formas de cobertura periodística en tiempo real. Sin embargo, el representante Rodríguez Aguiló enfatizó que la legislación no impedirá el acceso a la prensa durante las vistas con antelación al juicio y tampoco impedirá las transmisiones del juicio en su fondo.

El proponente igualmente señaló que la pieza legislativa tiene la intención de salvaguardar la integridad y seguridad de las víctimas, testigos y hasta de los funcionarios del tribunal. Asimismo, el legislador indicó que el proyecto responde “al cúmulo de situaciones que hemos visto” por la publicidad excesiva de ciertos casos penales.

“En la calle, en la cooperativa, el banco, el puesto de gasolina… se adjudica una posición. Usualmente es en contra del imputado, y justamente eso es lo que queremos evitar: que en ese proceso preliminar no se juzgue. Cuando llegue el juicio en su fondo, cuando ya se han seleccionado los jurados, que se presente públicamente todo el juicio”, sostuvo el proponente de la medida, Gabriel Rodríguez Aguiló. .

El representante Héctor Ferrer Santiago presentó enmiendas en sala para que la prohibición no sea aplicada en casos criminales relacionados a corrupción, pero la moción fue derrotada por la mayoría parlamentaria. La medida recibió 44 votos a favor y ocho en contra de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD).

De otra parte, se aprobó tambien el Proyecto de la Cámara 1447, que busca prohibir la cobertura electrónica de las vistas celebradas para resolver determinaciones preliminares sobre la admisibilidad de evidencia.

La propuesta legislativa del representante Pérez Cordero enmendaría la Regla 109 de las Reglas de Evidencia de Puerto Rico para evitar la difusión audiovisual de evidencia cuya admisibilidad aún no ha sido determinada por el tribunal.

En un turno sobre la legislación, Pérez Cordero opinó que, a pesar de las previsiones en sala y las instrucciones del tribunal, el jurado está expuesto a ser contaminado con una prueba que no necesariamente será admitida por el tribunal como consecuencia de las transmisiones en vivo.

“Quiero dejar claro para el récord que estas enmiendas son muy puntuales y que no van dirigidas a evitar que se transmita el proceso del juicio”, manifestó el legislador. “La transparencia es importante, pero los derechos constitucionales de cada uno de nosotros como individuos también lo es”, sostuvo.

El Proyecto añade una nueva Regla, la 131.4, a las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, para establecer una norma clara y uniforme que prohíba la cobertura electrónica de las vistas celebradas conforme a la Regla 109 de las Reglas de Evidencia, así como que se haga la correspondiente contrarreferencia a dicha Regla para asegurar el alcance de esta política pública sobre la administración de la Justicia.

La prohibición comprenderá tanto la transmisión en vivo como cualquier transmisión, retransmisión, reproducción o difusión posterior del audio o de las imágenes captadas durante dicha vista. Con esta enmienda se procura armonizar la transparencia judicial y el acceso público a los tribunales con las garantías procesales que protegen la integridad del proceso probatorio y aseguran que la adjudicación criminal descanse únicamente en evidencia admitida conforme a derecho.

Entre otras medidas respaldadas está el Proyecto de la Cámara 994, de la autoría del representante Jorge “Georgie” Navarro Suárez, para facultar al tribunal a ordenar, a su discreción, la instalación del dispositivo de interbloqueo de la ignición desde la primera convicción por conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes.

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