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Primer Circuito frena la “X” en certificados de nacimiento de Puerto Rico

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SAN JUAN — El Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito dejó sin efecto este martes la decisión del Tribunal Federal que había ordenado al Gobierno de Puerto Rico modificar sus certificados de nacimiento para permitir que personas no binarias pudieran seleccionar una “X” como marcador de género.

La decisión, emitida este 1 de septiembre, representa un importante triunfo judicial para la posición defendida por el Gobierno de Puerto Rico.

El pleito fue presentado por seis personas no binarias nacidas en Puerto Rico que solicitaron que el Registro Demográfico incorporara la opción “X” al mecanismo utilizado para modificar el género que aparece en sus certificados de nacimiento. El procedimiento vigente contempla las categorías masculino y femenino.

En mayo de 2025, el Tribunal Federal de Distrito determinó que esa política violaba la garantía constitucional de igual protección de las leyes y ordenó al Gobierno modificar el formulario para incorporar la nueva categoría.

Puerto Rico apeló la determinación.

Ahora, el Primer Circuito concluyó que el tribunal inferior aplicó incorrectamente el análisis constitucional y determinó que la política vigente puede sostenerse bajo el criterio conocido como “base racional”, uno de los niveles de escrutinio utilizados por los tribunales para evaluar determinadas clasificaciones gubernamentales.

El tribunal apelativo reconoció como legítimo el interés del Gobierno relacionado con la protección de la privacidad de las personas nacidas en Puerto Rico y concluyó que existe una relación racional entre ese objetivo y la clasificación utilizada actualmente en los certificados de nacimiento.

La decisión rechaza así la conclusión del Tribunal de Distrito de que no existía una justificación racional para distinguir, en este contexto, entre personas transgénero binarias y personas no binarias.

El Primer Circuito también estableció una diferencia importante con el litigio federal que en 2018 permitió a personas transgénero modificar el marcador de género de sus certificados de nacimiento entre masculino y femenino.

En aquel caso, el tribunal concluyó que impedir la modificación podía provocar que una persona revelara involuntariamente su condición transgénero al presentar un certificado que no correspondiera con su identidad.

La situación analizada ahora es distinta.

El Primer Circuito destacó que los demandantes no demostraron una violación equivalente del derecho a la privacidad y señaló que durante la argumentación oral se reconoció que utilizar una “X” en el certificado necesariamente identificaría al titular del documento como una persona no binaria.

La controversia adquirió además una dimensión gubernamental importante.

La apelación fue defendida por el Gobierno de Puerto Rico bajo la administración de la gobernadora Jenniffer González Colón. El Senado de Puerto Rico compareció ante el Primer Circuito como amigo de la corte respaldando la posición gubernamental.

También participaron en apoyo a Puerto Rico 19 estados y la Legislatura de Arizona.

En apoyo a los demandantes comparecieron organizaciones defensoras de los derechos civiles y de la comunidad LGBTQ+, entre ellas Lambda Legal, la Unión Americana de Libertades Civiles y otras entidades de Puerto Rico.

La decisión del Primer Circuito no significa que todas las reclamaciones constitucionales planteadas originalmente hayan sido resueltas en su totalidad. El tribunal concentró su análisis en la reclamación de igual protección que había servido de base para la sentencia del Tribunal Federal.

El efecto inmediato, sin embargo, es claro.

Queda sin efecto la orden que obligaba al Gobierno de Puerto Rico a incorporar la “X” como marcador de género en los certificados de nacimiento.

El Primer Circuito concluyó que la política vigente del Registro Demográfico puede sostenerse bajo el análisis de base racional y rechazó la conclusión del tribunal inferior de que esa clasificación carecía de una justificación constitucionalmente válida.

Con esa determinación, el Gobierno de Puerto Rico logra revertir una de las decisiones federales más significativas de los últimos años sobre la forma en que el Estado registra el género en sus documentos oficiales.

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